OCTAVO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación actual del concurso.

1. Evolución procesal del concurso.

Como se recogía en nuestro comunicado anterior, de enero de 2008, después de la presentación del informe de la administración concursal, se abrió el plazo para presentar las impugnaciones al inventario y a la lista de acreedores que en el mismo se contenían. A raíz del mismo se recibieron en el Juzgado de lo Mercantil número 6 que conoce del concurso de ARTE Y NATURALEZA GESPART, SL ochenta demandas incidentales impugnando dicho inventario y lista de acreedores. La última demanda incidental ha sido recibida por la administración concursal el 25 de junio de 2008.

Durante los tres últimos meses se han celebrado prácticamente todas las vistas de las citadas demandas incidentales, siendo las últimas las celebradas durante el mes de junio de 2008, si bien quedan aún dos vistas para celebrar.

Tan pronto se fijen las fechas para la celebración de las citadas vistas y se dicten las respectivas sentencias por el Juez, esta administración concursal procederá a emitir los textos definitivos de la lista de acreedores e inventario a los que se incorporarán todas las resoluciones judiciales y modificaciones solicitadas.

Varias de las vistas celebradas hasta la fecha han finalizado en desistimiento, allanamiento o transacción. El objetivo de esta administración concursal ha sido en todo momento minimizar los costes de los interesados que pretendían defender su derecho con legitimidad. En los casos en que los acreedores han litigado de mala fe, conociendo que no tenían razón, o buscando su propio interés por encima de la paridad de los acreedores (par conditio creditorum) la administración concursal ha tratado de obtener su condena en costas, siempre defendiendo el menor coste de la masa.

En las vistas se han discutido una serie de cuestiones, que han venido a reforzar por parte del Juzgado los criterios inicialmente expuestos por la administración concursal, como la naturaleza jurídica de los contratos de “Mandato de Compra y Venta (MC/MV)”, de “Constitución de Patrimonio Artístico (CPA)” y de “Compraventa, Depósito, Aseguramiento y Comisión de Venta sin Pacto de Recompra (VDA)”. Además se han tratado otros asuntos de enorme interés como la  calificación de los créditos contingentes, y la posibilidad de la administración concursal de proceder a establecer un procedimiento para devolver obras a sus legítimos titulares (en los contratos VDA), o bien proceder a recibir aquéllas obras que los depositarios deban devolver alalmacén de la sociedad (en los contratos MC/MV y CPA). Esta administración concursal ya ha establecido su criterio al respecto; es decir, los contratos VDA son los únicos finalmente calificados como contratos de compraventa, por lo que los titulares recibirán la obra en satisfacción de sus créditos. El resto de los acreedores que tengan créditos reconocidos, y obras de arte en su poder, deberán devolverlas a la concursada, para que sus créditos les puedan ser satisfechos.

Por lo tanto, corroboramos la afirmación vertida en nuestro anterior comunicado: los últimos seis meses han consistido en la fijación de las fechas para la celebración de las vistas sobre los ochenta incidentes presentados acerca de la impugnación del inventario y lista de acreedores presentados por esta administración concursal en su informe.

Es importante indicar que, una reciente sentencia 1653/2008 de la Sala de lo Social de Sevilla del TSJ de Andalucía ha permitido que la administración concursal pueda presentar una acción de reintegración a la masa; consistente en tratar de obtener la devolución de unos fondos que han salido de la concursada y que ARTE Y NATURALEZA tiene derecho de reclamar de vuelta.

2. Actuaciones económicas

Es importante recalcar las actuaciones de la administración concursal en el ámbito económico y comercial. A este respecto se recoge un somero resumen de la línea de actuación de la administración concursal, destinada a informar a los acreedores, y sin perjuicio de que las acciones concretas se manifiesten por los cauces oportunos, al Juez del concurso.

Con respecto a las actuaciones económicas o de gestión, se ha procedido a finalizar la retirada y almacenaje de la obra ubicada en las diferentes delegaciones llevando la misma al almacén de Madrid, y procediendo así a la realización de un recuento físico de la totalidad de la obra depositada en los almacenes de la sociedad. Esto significa que esta administración concursal ya tiene inventariada y centralizada en los almacenes de Algete la totalidad de las citadas obras.

Se ha procedido a la comprobación de la singularidad de cada asignación de obra, es decir, que no se haya asignado, en contrato alguno, la misma obra en más de una ocasión.

Se ha procedido al análisis de la situación de las diferentes sociedades que componen el Grupo Arte y Naturaleza, resolviendo en cada caso lo que se ha considerado más beneficioso en interés del concurso.

La administración concursal ha solicitado a la Agencia Tributaria, la devolución de los impuestos más significativos a favor de las diferentes sociedades filiales, habiendo conseguido, al día de la fecha, la totalidad de los importes solicitados.

Se han implantado por parte de la Administración concursal políticas destinadas a la reducción de costes, desde la supresión de gastos, a la resolución de contratos de arrendamiento.

Por otro lado, se han adoptado medidas para la rentabilización de activos, sobre todo de los inmuebles, para mantener la unidad de la masa y producir beneficios en la medida de lo posible con la misma, mediante el alquiler a plazo medio de los mismos.

Por último, se están realizando acciones destinadas a la venta de la obra artística en poder de ARTE Y NATURALEZA, con adopción de medidas como la contratación de un director artístico para la colocación de obras de arte en el mercado.

Para facilitar el inicio de la venta de obra se procedió en primer lugar, a fotografiar y registrar en un CD, la totalidad de la obra no adjudicada a clientes clasificada en originales, obra gráfica, fotografía y escultura. Respecto de los iconos se decidió no fotografiarlos, debido al gran volumen existente.

Después, se procedió a la elaboración de un modelo de contrato de agencia, con el objetivo de atender a la petición de antiguos empleados y acreedores que mostraron su interés en participar en la venta de obra.

Además se han firmado contratos con empresas de venta por Internet, de ámbito nacional e internacional y se han iniciado contactos con galerías de arte de reconocido prestigio internacional, con el fin de poder vender la obra disponible en los mercados de Londres y Nueva York. Se han iniciado igualmente contactos con distribuidores alemanes e italianos interesados en la compra de facsímiles.

Por último, se han mantenido diferentes reuniones con artistas de renombre nacional e internacional encaminadas a conseguir su colaboración y ayuda en la venta del gran volumen de obra disponible, propiedad de ARTE Y NATURALEZA, intentando no influir negativamente en el mercado por saturación.

3. Comunicaciones

Reiteramos lo indicado en anteriores comunicados sobre las consultas que se reciben en las direcciones de correo electrónico de la Web: la administración concursal no puede contestar individualmente a las preguntas más frecuentes, puesto que la mayoría de ellas se refiere a saber cuál es la situación actual del concurso, de la que se informa a través de esta Web.

Hay además comunicaciones referidas a cambios de domicilio y otra serie de datos, de los que estamos tomando debida nota En espera de volvernos a poner en contacto con ustedes, tan pronto finalicen las vacaciones judiciales y podamos informarles de más novedades en septiembre les saludamos muy atentamente, quedando como siempre a su disposición.

La administración concursal

En Madrid, a 30 de junio de 2008

Comunicado AC AYN 300608