NOVENO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación actual del concurso.

1. Evolución procesal del concurso.

Como ya apuntamos en nuestro anterior comunicado, de 30 de junio de 2008, el Juzgado Mercantil nº 6 admitió a trámite ochenta demandas incidentales impugnando el inventario y/o la lista de acreedores del informe presentado por la administración concursal. A fecha de hoy, 30 de octubre de 2008, aún queda pendiente de dictarse diez sentencias de distintos incidentes concursales.

Por tanto, tal y como ya indicamos, hasta que no se terminen de dictar por el Juez todas las sentencias, esta administración concursal no podrá proceder a emitir los textos definitivos de la lista de acreedores e inventario, incorporando todas las resoluciones judiciales y modificaciones acordadas o comunicadas por Ustedes. Tras el correspondiente auto dictado por el Juez se procedería al cierre de la fase común, y a la apertura de la fase de convenio.

Esto quiere decir, en términos más coloquiales, que una vez determinados tanto el importe al que ascendería el inventario (masa activa) como el importe al que ascendería, a su vez, la lista de acreedores (masa pasiva), el Juzgado convocará a todas las partes (acreedores y concursada) a la celebración de una junta de acreedores, con el fin de poder aprobar un convenio que haya sido presentado bien por la concursada, bien por los acreedores.

Por otra parte, uno de los citados incidentes fue presentado por la representación procesal de la concursada, inadmitiéndose por el Juzgado, y siendo recurrido ante la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Estamos a la espera de la resolución de este recurso.

Varias de las vistas celebradas hasta la fecha han finalizado en desistimiento, allanamiento o transacción. El objetivo de esta administración concursal ha sido en todo momento minimizar los costes de los interesados que pretendían defender su derecho con legitimidad. En los casos en que los acreedores han litigado de mala fe, conociendo que no tenían razón, o buscando su propio interés por encima de la paridad de los acreedores (par conditio creditorum) la administración concursal ha tratado de obtener su condena en costas, siempre defendiendo el menor coste de la masa.

En las vistas se han discutido una serie de cuestiones, que han venido a reforzar por parte del Juzgado los criterios inicialmente expuestos por la administración concursal, como la naturaleza jurídica de los contratos de “Mandato de Compra y Venta (MC/MV)”, de “Constitución de Patrimonio Artístico (CPA)” y de “Compraventa, Depósito, Aseguramiento y Comisión de Venta sin Pacto de Recompra (VDA)”.

Por otra parte, hasta que no estén dictadas todas las sentencias, ésta administración concursal no va a poner en marcha el procedimiento para devolver las obras a sus

legítimos titulares (en los contratos VDA), o bien para recibir aquéllas obras que los depositarios deban devolver al almacén de la sociedad (en los contratos MC/MV y CPA).

Como ya indicamos, ya se ha establecido un criterio al respecto; es decir, los contratos VDA son los únicos finalmente calificados como contratos de compraventa por el Juzgado, por lo que los titulares recibirán la obra en satisfacción de sus créditos. El resto de los acreedores que tengan créditos reconocidos, y obras de arte en su poder, es decir, los contratos MC/MV y CPA deberán devolverlas a la concursada, para que sus créditos les puedan ser satisfechos.

2. Actuaciones económicas

A continuación detallamos las últimas actuaciones dentro del ámbito económico y comercial.

a) La actual Administración sigue manteniendo un control exhaustivo de las políticas implantadas en cuanto a reducción de costes y supresión de gastos.

b) A pesar de la situación actual del sector nmobiliario, se siguen alquilando los inmuebles propiedad de Arte y Naturaleza.

Dado que la Administración Concursal está siguiendo el criterio de no vender inmuebles, ni de alquilarlos a encimientos muy largos, la dificultad comentada en el párrafo anterior se incrementa a la hora de arrendar ciertos edificios singulares de dimensiones significativas. El motivo fundamental es la exigencia por parte de los potenciales inquilinos de conseguir un arrendamiento por un plazo largo, con el objetivo lógico de poder amortizar las obras de acondicionamiento que se suelen realizar para adaptar los locales a sus necesidades.

También cabe mencionar en este apartado que la Administración Concursal no ha llevado a cabo ninguna operación de alquiler de sus inmuebles con opción a compra.

Esta práctica, que en la actualidad es muy habitual en este sector y que ha sido solicitada por numerosos interesados, facilitaría el poder obtener, durante un plazo relativamente largo, una adecuada rentabilidad. No se ha realizado por entender que estas operaciones podrían considerarse ventas de inmovilizado y por tanto sujetas a la aprobación previa y explícita del Juez.

c) La implantación de los procedimientos mencionados anteriormente, junto con la rentabilidad de los activos financieros, están permitiendo, en la medida de lo posible, mantener la unidad de la masa.

d) Como ya se comentaba en el anterior comunicado, la Administración Concursal elaboró un modelo de Contrato de Agencia, con el objetivo de atender a la petición de antiguos empleados y colaboradores que mostraron su interés en participar en la venta de obra. Con el fin de facilitar la participación a todos aquellos que estén interesados, se ha puesto a disposición de los interesados, un modelo de Contrato de Agencia para que nos sea remitido, una vez firmado, a las oficinas de Arte y Naturaleza, cuando hayan sido aclaradas la totalidad de las dudas que pudieran surgir en su interpretación.

e) En el anterior comunicado se informaba que se estaban adoptando medidas, entre las que se encontraba la contratación de un director artístico para la venta de las obras de arte en el mercado. Esta contratación se ha realizado, siendo contratada para este fin a la empresa MUDMEDIA.

Por último, se están realizando acciones destinadas a la venta de la obra artística en poder de ARTE Y NATURALEZA.

El trabajo desarrollado se menciona a continuación:

1) Adecuación del trabajo realizado inicialmente por la Administración Concursal, el cual ya ha sido expuesto en anteriores comunicados.

2) Desarrollo de una base de datos general que facilita la posibilidad de seleccionar la totalidad de las obras con distintos criterios, permitiendo a su vez, hacer propuestas adecuadas a los posibles compradores y a los diferentes medios de distribución. Esta nueva base, que se encuentra en la fase final de su desarrollo, permitirá, asimismo, cargar los datos imprescindibles para el análisis, presentación y venta de la enorme y dispar colección de arte propiedad de Arte y Naturaleza.

3) Contactos para la Venta. Además de los iniciados por la Administración Concursal, comentados en anteriores comunicados, la dirección artística ha mantenido diferentes contactos con importantes coleccionistas, principalmente españoles y con algunos extranjeros, y con sociedades españolas de distribución y venta al por menor que disponen de puntos de venta en la práctica totalidad de provincias españolas con el objetivo de iniciar esta actividad a la mayor brevedad posible.

4) Asimismo se están fijando fechas para la realización de varias subastas, antes de finalizar el año en curso, con la colaboración de diferentes empresas que han mostrado su interés.

3. Comunicaciones

En relación a las consultas que se reciben en las direcciones de correo electrónico de la Web, ésta administración concursal está intentando, en la medida de lo posible, contestar aquellas consultas que por sus especiales características no han quedado resueltas en los diferentes comunicados.

Hay además comunicaciones referidas a cambios de domicilio y otra serie de datos, de las que estamos tomando debida nota, con el fin de incluirlas en la base de datos de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. para futuras notificaciones y para incluirlas en los textos definitivos.

En espera de volvernos a poner en contacto con ustedes, tan pronto queden dictadas las diez sentencias pendientes y podamos informarles de más novedades, les saludamos muy atentamente, quedando como siempre a su disposición.

La administración concursal

En Madrid, a 30 de octubre de 2008

Comunicado AC AYN 301008