Auto aprobando plan de pagos de créditos concursales

Una vez completadas las operaciones de liquidación del activo de la concursada, se procederá al pago de los créditos concursales en la medida de lo posible, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Texto Refundido de la Ley Concursal y en el auto del Juzgado de lo Mercantil nº 6, dictado el 15 de enero de 2024, que aprueba el plan de pagos de los créditos concursales.