ANUNCIO
ADICIÓN DE CANTIDADES AL PLAN DE PAGOS DE CRÉDITOS CONCURSALES A ACREEDORES POR CONTRATO
En Madrid a 5 de septiembre de 2024
Como consecuencia de la liquidez sobrevenida en el concurso -por transferencia de cantidad remitida por el Servicio Común de Ejecutorias Penales de la Audiencia Nacional en la Ejecutoria nº 27/2018 que dimana del Rollo de Sala 15/15 [Sección Tercera; datos de instrucción: PA 5/07 – JCI nº 4], se solicitó por esta administración concursal la ampliación del Plan de Pagos aprobado por auto del Juzgado de lo Mercantil n º 6 de fecha 15 de enero de 2024.
Previos los trámites oportunos, se dictó por este juzgado Auto de fecha 22 de julio de 2024, por el que se autoriza la ampliación del plan de pagos inicial en la cantidad remitida por la Audiencia Nacional y se ordena proceder al nuevo abono de créditos concursales, en los mismos términos que los aprobados en la resolución de 15 de enero.
A los acreedores que han presentado la documentación requerida, el pago se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria designada a tal efecto a primeros de octubre, siempre que se cumplan los términos aprobados en la resolución de fecha 15 de enero, y que el importe a pagar sea igual o superior a tres euros (3€) – señalada como límite de abono directo -. No será necesario que el acreedor realice ningún trámite adicional.
Aquellos acreedores que, por cualquier motivo, no hayan recibido la comunicación postal enviada en enero de 2024 a la dirección registrada en los archivos de la concursada, podrán acceder al formulario digital hasta el 30 de septiembre de 2024 a través del siguiente enlace para proporcionar los datos necesarios.
Acceso al formulario digital, haga clic
Atentamente,
ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L., EN LIQUIDACIÓN
Mensaje de Seguridad: Protege tus Datos Bancarios
- Nunca envíes información sensible por correo electrónico:
Evita enviar información como números de cuenta, contraseñas o detalles de tarjetas de crédito por correo electrónico. El correo electrónico no es un medio seguro y podría exponer tus datos a riesgos de seguridad. - No compartas información financiera por teléfono:
Si recibes llamadas telefónicas de personas que dicen ser de ARTE Y NATURALEZA GESPART o de entidades financieras, ten precaución. No compartas información confidencial por teléfono a menos que estés seguro de la legitimidad de la llamada. ARTE Y NATURALEZA GESPART nunca te pedirá información sensible por teléfono. - Utiliza canales seguros para la comunicación:
Para cualquier comunicación relacionada con información financiera, utiliza los canales seguros proporcionados por ARTE Y NATURALEZA GESPART. Estos canales están diseñados para proteger tus datos y garantizar tu privacidad. - Verifica la autenticidad de las comunicaciones:
Antes de proporcionar cualquier información, verifica la autenticidad de la comunicación. Si tienes dudas, comunícate al teléfono 91 594 03 00. - Recuerda que tu seguridad financiera es importante.
Ponemos a disposición de los acreedores las principales cuestiones que les pueden surgir y la forma de proceder:
+ He cambiado de domicilio ¿Cómo debo proceder?
El titular del contrato deberá comunicar a la Administración Concursal, adjuntando copia clara del anverso y reverso del DNI/NIF/NIE o PASAPORTE.
Esta documentación debe remitirla a la siguiente dirección postal o formulario digital:
Administración Concursal
ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. EN LIQUIDACIÓN
Av. Moratalaz, 115 – 1ºB
28030 MADRID
+ El titular del contrato ha fallecido y no se ha comunicado a la Administración Concursal ¿Cómo debo proceder?
Si el titular del contrato hubiera fallecido, los herederos lo deberán comunicar a la Administración Concursal, adjuntando copia clara de la siguiente documentación:
- Copia documento notarial de manifestación de herencia y/o declaración de herederos.
- En su defecto si no existiera dicha documentación será necesario remitir,
- Copia certificado de defunción del causante,
- Copia certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad,
- Copia del testamento,
- Copia del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
- Fotocopia clara del DNI/NIF/NIE de los herederos.
- Formulario de comunicación de herederos.
FORMULARIO COMUNICACIÓN HEREDEROS
Esta documentación debe remitirla a la siguiente dirección postal:
Administración Concursal
ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. EN LIQUIDACIÓN
Av. Moratalaz, 115 – 1ºB
28030 MADRID
O mediante Formulario digital:
FORMULARIO DIGITAL COMUNICACIÓN HEREDEROS
En caso de existir varios herederos, solo se podra realizar una transferencia a la cuenta mancomunada de herederos o por el contrario si ya no dispusieran de la misma, se podrá realizar una única transferencia a favor de aquel heredero que se encuentre debidamente autorizado por el resto de herederos y asuma la responsabilidad expresa de distribución de la forma que corresponda, exonerando a ARTE Y NATURALEZA de toda responsabilidad al respecto.
+ Soy acreedor por contratos y ya he recibido el cobro correspondiente a mi crédito concursal. ¿Cómo puedo obtener el certificado de pérdida patrimonial?
El proceso de concurso de acreedores de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. en Liquidación sigue en curso, siendo tramitado ante el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid bajo el número de autos 505/2006.
Hasta que el Juzgado no dicte Auto de conclusión del concurso, que se publicara en esta web. No se puede emitir dicho certificado.
Una vez que se haya emitido el mencionado Auto de conclusión, estará disponible para su descarga el certificado en cuestión, el cual servirá como justificante de la pérdida patrimonial ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este certificado deberá ser declarado en el ejercicio fiscal correspondiente al año de emisión del Auto de conclusión mencionado anteriormente.
+ Solicite la entrega de la obra adjudicada a mis contratos (opción A) de “Mandato de Venta y Compra” y/o “Constitución de Patrimonio Artístico” y aún no he procedido a retirarla.
El plazo límite para proceder a la retirada de la obra almacenada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid.
Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial. De esta manera, es relevante mencionar que el crédito que a usted se le había reconocido ha sido liberado de los contratos en los cuales había seleccionado la opción A.
AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID
AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020
+ Opte por la Opción B o no envié la HOJA DE RESPUESTA ¿En que situación se encuentra mi crédito?
En el caso de que usted haya seleccionado la opción B o no haya emitido respuesta a la HOJA RESPUESTA, es importante mencionar que se mantiene incluido en el listado de acreedores y la obra en cuestión ha sido incluida en la masa activa de conformidad con el procedimiento establecido en el Auto del 23 de abril de 2019, emitido por el Juzgado Mercantil Nº6 de Madrid.
AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID
+ Soy acreedor de un contrato de “Venta, aseguramiento y deposito” (VDA) y no he retirado la obra.
El plazo límite para proceder a la retirada de la obra depositada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6.
Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.
AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID
AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020
+ Retiró la obra correspondiente a sus contratos previo a la entrada en concurso voluntario de acreedores, ocurrida el 5 de diciembre de 2006, y no reintegró dicha obra al concurso.
Los acreedores con obra, bienes o lotes completos e identificables e individualizables en todos sus elementos, que no fueron restituidos a la masa tales obras, bienes y lotes, se entenderá que han optado por ver satisfecho su crédito concursal por la definitiva propiedad de los bienes de su titularidad que retienen de modo pacífico, ininterrumpido y público; quedando todos ellos y por la totalidad de su crédito excluidos de la masa pasiva; y aquellos bienes, obras y lotes de la masa activa; desconociéndose la situación, estado, uso, utilización, negocios jurídicos y conservación de los mismos.
En caso de retener solo una parte de las obras afectas al contrato o contratos, la fecha límite para retirar la obra en el almacén de ARTE Y NATURALEZA era hasta el lunes 30 de septiembre de 2019, plazo improrrogable y preclusivo.
AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID
Si usted no se hizo cargo de la obra, la misma se encuentra consignación judicialmente y el crédito reconocido liberado de los contratos.
FORMA DE CONTACTO
Dirección postal
Avda. de Moratalaz, 115 1ºB
28030 Madrid
Telf.: +34 91 594 03 00
sedecentral@arteynaturaleza.com
Lunes a Miércoles y Viernes de 9:30 a 13:30h
Los Jueves no se atenderán llamadas.
La oficina central permanecerá cerrada indefinidamente.
Durante el mes de agosto no se atenderán llamada ni correos electrónicos.