ADICIÓN DE CANTIDADES AL PLAN DE PAGOS DE CRÉDITOS CONCURSALES A ACREEDORES POR CONTRATO

En Madrid a 5 de septiembre de 2024

Como consecuencia de la liquidez sobrevenida en el concurso -por transferencia de cantidad remitida por el Servicio Común de Ejecutorias Penales de la Audiencia Nacional en la Ejecutoria nº 27/2018 que dimana del Rollo de Sala 15/15 [Sección Tercera; datos de instrucción: PA 5/07 – JCI nº 4], se solicitó por esta administración concursal la ampliación del Plan de Pagos aprobado por auto del Juzgado de lo Mercantil n º 6 de fecha 15 de enero de 2024.


Previos los trámites oportunos, se dictó por este juzgado Auto de fecha 22 de julio de 2024, por el que se autoriza la ampliación del plan de pagos inicial en la cantidad remitida por la Audiencia Nacional y se ordena proceder al nuevo abono de créditos concursales, en los mismos términos que los aprobados en la resolución de 15 de enero.

A los acreedores que han presentado la documentación requerida, el pago se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria designada a tal efecto a primeros de octubre, siempre que se cumplan los términos aprobados en la resolución de fecha 15 de enero, y que el importe a pagar sea igual o superior a tres euros (3€) – señalada como límite de abono directo -. No será necesario que el acreedor realice ningún trámite adicional.


Aquellos acreedores que, por cualquier motivo, no hayan recibido la comunicación postal enviada en enero de 2024 a la dirección registrada en los archivos de la concursada, podrán acceder al formulario digital hasta el 30 de septiembre de 2024 a través del siguiente enlace para proporcionar los datos necesarios.

Acceso al formulario digital, haga clic

Atentamente,
ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L., EN LIQUIDACIÓN

Iniciado proceso de pagos de créditos concursales.

En Madrid a 2 de febrero de 2024

Se informa de lo siguiente a los interesados de la mercantil “ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L., en Liquidación” (NIF B81577157), en situación de concurso de acreedores, que se tramita ante el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, bajo el nº de autos 505/2006:

Una vez completadas las operaciones de liquidación del activo de la concursada, se procederá al pago de los créditos concursales en la medida de lo posible, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Texto Refundido de la Ley Concursal y en el auto del Juzgado de lo Mercantil nº 6, dictado el 15 de enero de 2024, que aprueba el plan de pagos de los créditos concursales.

  • Para acceder al mencionado auto, haga clic
  • Para acceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO , haga clic
  • Para acceder a las publicaciones edictales en los periódicos declaración concursal, EL MUNDO, LA RAZÓN
  • Para acceder al Anexo V, modelo carta enviada a acreedores, haga clic

Todos los acreedores con créditos con privilegio especial, general y/u ordinarios reconocidos recibirán una comunicación por carta postal, en la que se les indicará el importe a percibir. Según lo ordenado en el auto antes referido:

  • Si el importe es superior a tres euros (3 €), recibirán las instrucciones para el cobro mediante transferencia bancaria, según lo establecido en el mencionado auto.
  • En el caso de acreedores cuyo importe a abonar sea inferior a tres (3) euros, se procederá a la consignación judicial del importe correspondiente y el pago se efectuará por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, dentro del procedimiento que a tal efecto se incoe.

Aquellos acreedores que por algún motivo, no reciban la comunicación postal remitida a la dirección que consta en los registros de la concursada, pueden acceder al formulario digital mediante el siguiente enlace para proporcionar sus datos.

La respuesta deberá ser remitida, exclusivamente por correo postal o mediante el formulario digital correspondiente. No se admitirá la entrega presencial y/o el envío por correo electrónico.

En el caso de importes superiores a 3 € pendientes de abono a acreedores, tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2024 para informar de sus datos. Se deberán utilizar la forma y los canales de comunicación indicados. En caso de no recibir la solicitud o de defectos en la misma, la Administración Concursal iniciará el correspondiente expediente de consignación judicial. Una vez tramitado dicho expediente en el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, los créditos estarán a disposición de los interesados en el mencionado juzgado.

Atentamente,
ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L., EN LIQUIDACIÓN

Auto aprobando plan de pagos de créditos concursales

Una vez completadas las operaciones de liquidación del activo de la concursada, se procederá al pago de los créditos concursales en la medida de lo posible, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Texto Refundido de la Ley Concursal y en el auto del Juzgado de lo Mercantil nº 6, dictado el 15 de enero de 2024, que aprueba el plan de pagos de los créditos concursales.

Auto acordando prórroga

Por escrito de 15.2.2023 de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. se solicitó la prórroga de las operaciones de liquidación hasta el 23.8.2023 en los términos que constan en su escrito, acompañando la documental unida, en su caso.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

Por escrito de 8.6.2018 de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. se solicitó la adopción de determinadas medidas en relación a la materialización de las operaciones de liquidación, en los términos que constan en su escrito, acompañando la documental unida.